Violaciones a las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo más comunes por parte del Departamento de Educación de Puerto Rico

Durante el 2 de enero del 2009 al 19 de abril de 2010 la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional de Puerto Rico (PR-OSHA, por sus siglas en ingles) realizó 49 inspecciones a escuelas públicas del país.  En prácticamente todas estas inspecciones se emitieron citaciones y penalidades por las mismas normas y reglamentos de seguridad y salud ocupacionales y también por violación a la sección 6 (a) de la Ley 16 de Seguridad y Salud en el Trabajo.

El total de las penalidades impuestas al Departamento de Educación sobre las 49 inspecciones realizadas representan $1, 459,000 del presupuesto de la agencia.  El cálculo para la penalidad aquí presentada se realizó sumando la penalidad impuesta en cada inspección.  Las inspecciones tomas para este análisis, reflejan que no han sido cerradas.  Esto implica que la información que se muestra puede cambiar; por ejemplo violaciones pueden ser añadidas o borradas.

Al realizar un análisis de esta información, se puede colegir entre otras cosas que el Departamento de Educación falla en su cumplimento por varios motivos.

1. Los directores de las escuelas no reciben un adiestramiento sobre como llenar las Formas de Registro de Lesiones y Enfermedades Ocupacionales (OSHA 300).

2. El Departamento de Educación no a provisto de un adiestramiento a la directores de las escuelas sobre la redacción y adiestramiento a los empleados de un Protocolo sobre la Violencia Domestica en el Lugar de Trabajo conforme es requerido por la Ley 217 del 2006.

3. El Departamento de Educación no tiene contratos para la fumigación continua de las escuelas.

4. El Departamento de Educación no tiene contratos para la inspección de mantenimiento anual de extintores de incendio portátiles.

5. La Ley No. 7 del 9 de marzo de 2009, ha dejado desprovisto de conserjes en las escuelas para realizar las labores de limpieza entre otras tareas.

6. El Departamento de Educación no tiene un programa de inspección de las escuelas del país.

7. No cuenta con una División de Seguridad y Salud Ocupacional.

En la lista que a continuación se muestra, están las normas que continuamente son citadas por PR-OSHA al Departamento de Educación en las inspecciones mencionadas. También se incluye una breve descripción de la norma.

Sección 6A Ley 16 de 1975:  Patrono no tenia un protocolo escrito sobre la Violencia Domestica en el Lugar de Trabajo (Ley 217 del 2006)

Sección 6A Ley 16 de 1975:  Patrono no ofreció adiestramiento sobre el protocolo escrito de la Violencia Domestica en el Lugar de Trabajo (Ley 217 del 2006)

Sección 6A Ley 16 de 1975:  Daños estructurales en un salón de clases

Sección 6A Ley 16 de 1975:  Calor excesivo en un comedor escolar

Sección 6A Ley 16 de 1975: Empleados fueron expuestos a mercurio al ocurrir un derrame en un salón de clases.

1903.02 (a)(01): Patrono no tenía el Cartelón de la ley 16.

1904.29 (a): Formas OSHA 300 de Lesiones y Enfermedades Ocupacionales no fueron llenadas y mantenidas en el establecimiento

1904.32: No fue colocado en un lugar visible el resumen anual de Lesiones y Enfermedades Ocupacionales (Forma OSHA 300 A)

1904.40 (a): Patrono no proveyó a un representante del Secretario (DRTH/PROSHA) dentro de 4 horas laborables copia de las Formas OSHA 300 (Registro Lesiones y Enfermedades Ocupacionales)

1910.22 (a)(01): Todos los lugares de trabajo, pasillos, almacenes, y cuartos de servicio no se mantuvieron limpios y en orden y en perfectas condiciones higiénicas

1910.22 (a)(02): Cada piso de un lugar de trabajo no se mantuvo limpio y en condición seca, cuando así el lugar lo permitía.

1910.23 (a)(08): Cada agujero del suelo en el que las personas pueden caminar por accidente no fue protegido.

1910.36 (a)(01): La ruta de salida no era permanente.

1910.36 (d)(01): Las puertas o portones de salida no estaban abiertos.

1910.37 (b)(01): Toda ruta de salida no fue adecuadamente alumbrada de modo que un empleado con visión normal pueda ver a lo largo de la ruta de salida.

1910.37 (b)(02): Toda salida no estaba claramente visible y marcada por un letrero que lea: “Salida”.

1910.38 (d): El patrono no tenía, ni mantuvo un sistema de alarma a los empleados.

1910.39 (b): El patrono no informó a los empleados en su asignación inicial a un trabajo de los riesgos de incendio a los cuales están expuestos.

1910.141 (a)(04)(II): Toda la basura, residuos sólidos o líquidos no se retiraron cuantas veces fue necesario o conveniente para mantener el lugar de trabajo en perfectas condiciones higiénicas de tal forma que se evitara la creación de una amenaza a la salud.

1910.141 (a)(05): No se mantuvo programa de exterminio y control de ratas y sabandijas continuo y eficaz donde su presencia fue detectada.

1910.141 (d)(02)(III): Jabón de manos o agentes similares limpieza no se proporcionó.

1910.141 (d)(02)(IV): Patrono no proporcionó toallas individuales, papel o sopladores de aire caliente para el sacado de manos y cara.

1910.157 (e)(03): El patrono no se aseguró que los extintores portátiles de incendio fuesen sometidos a una inspección de mantenimiento anual.

1910.157 (e)(05): El patrono no se aseguró se proveyese protección equivalente alterna de incendio cuando los extintores son removidos de servicio para mantenimiento y para recargarse.

Fuente:

http://www.osha.gov/pls/imis/establishment.search?p_logger=1&establishment=DE+Esc&State=PR&officetype=State&Office=All&p_case=open&endmonth=01&endday=02&endyear=2009&startmonth=04&startday=19&startyear=2010

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