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Implementación de un Protocolo de Violencia Doméstica en el Trabajo (Ley 217 de 2006)

Desde el 2006 en Puerto Rico está vigente la Ley para la Implantación de un Protocolo para el Manejo de Situaciones de Violencia Doméstica en el empleo o lugares de trabajo. ¿Qué significa esto? Pues todo que patrono tiene que tener un Protocolo para el Manejo de Situaciones de Violencia Doméstica debe ser escrito y practico. Reza de la exposición de motivos y cito: “En reconocimiento a la necesidad de promover la política pública de cero tolerancias ante la violencia doméstica del Gobierno de Puerto Rico, la implantación de un Protocolo para Manejar Situaciones de Violencia Doméstica en lugares de trabajo o empleo proveerá uniformidad a las medidas y al procedimiento a seguir cuando una empleada o empleado es víctima de violencia doméstica. El tomar medidas preventivas y de seguridad efectivas permite el manejo adecuado de casos que pueden traer elementos de peligrosidad al ambiente de trabajo”. El protocolo como requisito mínimo debe contener: a.    Declaración de la