Recipientes a presión


Un gran número de empresas tienen recipientes a presión para hacer funcionar otros equipos como parte de su proceso de manufactura o negocio. En Puerto Rico el uso de los recipientes a presión está regulado mediante el Reglamento para Calderas y Recipientes a Presión Número 17 de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional de Puerto Rico (PROSHA).

Los recipientes a presión se definen como sigue:

Caldera- Recipiente cerrado en el cual se calienta algún fluido para uso externo por aplicación directa de calor que produce la combustión de algún material (sólido, líquido o gaseoso) o por el uso de electricidad o energía nuclear. No están incluidas Calderas de Calefacción o Recipientes a Presión localizados en residencias privadas.

Recipiente a Presión- Envase para contener presión, ya sea interna o externa. La presión puede obtenerse de una fuente externa o por la aplicación de calor de una fuente directa o indirecta, o alguna combinación de éstas. 

Compresor de Aire.-  Es un generador de energía (aire comprimido) que acumula aire en el interior de un recipiente que se emplea para diversas aplicaciones de requerimiento de aire comprimido como arenadores, herramientas neumáticas, en máquinas para moldes de fundición, en equipos de aplicación de pinturas, inflado de neumáticos y otras aplicaciones.

El uso de los compresores de aire tiene un uso cotidiano, a consecuencia no son tratados con el cuidado debido. Entre los negocios o industrias que usan los compresores tenemos los talleres de hojalatería y pintura, talleres de mecánica, ebanisterías, empresas de llenado de cilindros de gas, gomeras. Las calderas son usadas en la industria farmacéutica, manufactura, lavanderías, entre otras.  

En nuestra experiencia profesional hemos encontrado serias deficiencia en la operación de los Recipiente a Presión.  El reglamento 17 establece que; toda Persona Natural o Jurídica que vaya a instalar u operar un recipiente a presión en Puerto Rico tendrá que someter a PROSHA, división de ascensores y calderas a través de un Inspector, una Solicitud de Inscripción del Recipiente a Presión con el pago correspondiente establecido en el Anejo I del reglamento. También requiere que el Patrono o Dueño tenga copia de la inscripción de la Caldera o Recipiente a Presión en el cuarto de máquinas o en un lugar cercano al equipo.

Todo Patrono o Dueño que tenga en operación o uso una o más Calderas o Recipientes a Presión deberá hacerlos inspeccionar interna, externa y operacionalmente por lo menos una (1) vez al año por un Inspector. En caso de relocalización, se inspeccionará para el otorgamiento de una nueva certificación. En el caso de Calderas, no se emitirá el Certificado de Inspección hasta que no se inspeccionen interna, externa y operacionalmente. Toda caldera o recipiente a presión  deberá ser inspeccionada por un Inspector al finalizar su instalación, reinstalación, reparación o alteración, y certificada antes de su operación.

Durante las inspecciones del Negociado de Inspecciones de PROSHA, en toda inspección realizada, los especialistas de seguridad y salud verificaran el cumplimiento con este reglamento. La penalidad que será impuesta por la violación de la certificación de inspección es $500 por cada equipo.

Por otro lado, existen condiciones de riesgos adicionales en el uso de compresores de aire que también conllevan penalidades.  Entre estos riesgos encontramos el uso de abrazaderas por avance de tornillos usadas en las mangueras. También hemos encontrado el uso de pistolas de aire con una presión mayor a los 30 psi.  Por estos riesgos, PROSHA citaría y daría multas por violación a las normas 1910.243 (b) (1) y (b)(2).



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