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Aclaración sobre el Reglamento Temporal de Emergencia (ETS, por sus siglas en inglés) COVID 19

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  En días recientes ha estado circulando por redes sociales información incorrecta, indicando que un patrono debe pagar por las pruebas de ceñimiento de COVID 19 PCR o de antígenos a todo empleado que no se haya vacunado. Esta información fue tomada del reglamento 1910.502(l)(I)(ii), donde se establece que si el patrono requiere una prueba de ceñimiento de COVID 19 (PCR o de antígenos) debe preverla y costearla. Solo el sector industrial cubierto por este reglamento podría costear las pruebas de COVID 19, siempre y cuando, este reglamento así lo requiera por las circunstancias específicas. Debo establecer y dejar claro que el Reglamento 1910.502 hasta el 1910.509 es de alcance únicamente a: Patronos de Atención Médica e industrias relacionadas a la atención médica (apoyo médico)   Ninguno otro sector está cubierto por este reglamento. Por lo tanto, ningún patrono fuera de estos sectores cubiertos por el reglamento ETS está obligado a pagar por pruebas de COVID 19. PROSHA aún no h