Norma para Elevadores de Automóviles (Pinos) - Requerimiento de Seguridad para la Operación, Inspección y Mantenimiento (ANSI/ALI ALOIM-2008)
Capitulo 4.4 Responsabilidades
del Operador
4.4.4 El dueño de un elevador (pino) o el patrono debera adoptar todas
las medidas apropiadas para seguir los procedimientos de inspección
recomendados por el fabricante de los elevadores, pero en ningún instante
deberá el operador fallar en inspeccionar o tomar nota de las siguientes
características a diario:
(1) Accesibilidad y legibilidad de los procedimientos de operación,
consejos de seguridad y los materiales genéricos seguridad;
(2) Accesibilidad y legibilidad de las etiquetas de advertencia de
seguridad;
(3) La legibilidad de la capacidad de carga nominal del elevador;
(4) Adecuado funcionamiento de los controles de elevación, (incluyendo
los dispositivos de sobre-recorrido de cierre y los sistemas de sincronización),
las restricciones y los dispositivos de bloqueo;
(5) Deformación o desgaste excesivo de cualquiera de los componentes
estructurales de elevación;
(6) Deformación o desgaste excesivo de otros componentes, tales como
mangueras, cables eléctricos, cadenas de transmisión, cable de alambre o
tornillos;
(7) Los daños o un desgaste excesivo en cualquiera de los puntos de
contacto que compromete el vehículo durante el levantamiento, si se involucran
los neumáticos, el marco, el cuerpo o ejes;
(8) Evidencia de liqueos hidráulicos o neumáticos;
(9) Ruidos inusuales, movimientos bruscos, el funcionamiento irregular o
evidencia de astillas o limaduras durante el uso, y
(10) Las grietas o suelo suelto del hormigón o alrededor de los pernos
de anclaje, si se utilizan.
4.5 Reportes del Operador
Si alguna de las condiciones descritas anteriormente se observan antes,
durante o después de la operación del elevador (pino), el operador deberá dejar
de usar el elevador (pino) e informar de la situación al supervisor, al patrono
o el propietario. Si alguna de las condiciones enumeradas en la 4.4.4 (4) hasta
(10) se observan, el elevador (pino) no se utilizará hasta que la causa del
problema se halla determinado y las reparaciones apropiadas hallan sido
realizadas por personal calificado de elevadores automóviles (pinos). Con el fin de asegurar que los elevadores
(pinos) no sean utilizados hasta que las reparaciones se efectúen, el elevador
deberá ser bloqueado o etiquetado de conformidad con la norma ANSI Z2244.1.
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