Extintores de Fuego
Extintores de Fuego
En cada lugar en que trabajamos observamos que
hay extintores de incendios colocados en las paredes y a cierta distancia uno
de los otros. Si preguntamos a cualquiera en un establecimiento la razón por la
cual están los extintores puestos; una respuesta inmediata será porque bomberos
lo exige. Al también preguntar porque bomberos lo exige son muy pocas las respuestas.
Por experiencia nadie desde la alta gerencia reconoce la razón por la cual un
establecimiento debe tener extintores. Aunque todo dirán para apagar un fuego. El
problema es ¿quién usara los extintores? ¿Quién debe usar un extintor de
incendio en el lugar de trabajo? ¿El Dueño, la gerencia, los empleados o los
bomberos?
Expondré una
explicación básica.
Cuando el lugar de trabajo opera usando químicos,
explosivos, tóxicos, reactivos o inflamables o bajo los requerimientos de un
reglamento específico de OSHA, el patrono tiene que cumplir con el reglamento
1910.38 y 1910.157 en su totalidad.
Extintores que son provistos (colocados) por el
patrono para cumplir como requerimiento del Negociado de Bomberos de Puerto
Rico y la directriz es el desalojo obligatorio de todos los empleados, es
responsabilidad del patrono de inspeccionar mensual y anualmente, del
mantenimiento y pruebas hidrostáticas de los extintores. Todo esto para cumplir
con los reglamentos 1910.157 (e) y (f).
Cuando solo empleados designados pueden usar los
extintores en incendios incipientes y el resto de los empleados tienen que
desalojar el lugar, el patrono tiene que cumplir con los reglamentos 1910.157
(e), (f), (g) (1), (g) (3), (g) (4).
Si por el contrario cualquier empleado puede usar
un extintor portátil en incendios incipientes, el patrono tiene que cumplir con
el reglamento 1910.38 a menos que cumpla con todo el reglamento 1910.157.
Es de suma importancia recordar que en Puerto
Rico fue adoptado con enmiendas locales el International Fire Code (IFC) 2018.
Por cuanto, Puerto Rico tiene su Código de Incendio.
Donde reglamentos o requisitos sean aplicables y
no se establecen en este código, o están contenidos en otras leyes, códigos,
reglamentos, ordenanzas y el patrono cumpla con ellos se considerarán como
evidencia prima facie del cumplimiento de la intención de este código.
a)
No hacer inspecciones mensuales.
b)
No hacer inspecciones
anuales.
c)
No hacer pruebas hidrostáticas
cada 5 años.
d)
Regulador de presión marcando
vacío.
e)
Tener los extintores en el piso
f)
Tener los extintores en el piso
sujetando puertas
g)
No adiestrar a los empleados en
el uso de extintores
h)
Tener los extintores incorrectos
para los trabajos y riesgos presentes en el lugar
i)
No tener la cantidad de
extintores requeridos por cada 75 pies
j)
No identificar la ubicación de
los extintores.
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